viernes, 9 de octubre de 2015

El subsidio por insuficiencia de cotización

La norma general es que para cobrar el paro es necesario tener acumulados 360 días de cotizaciones sin consumir en los últimos 6 años.
No obstante, existe un subsidio para aquellos trabajadores que han perdido el empleo y aún teniendo cotizaciones, no llegan al año. Se conoce como “subsidio por insuficiencia de cotización”, aunque oficialmente se denomina “subsidio por pérdida de empleo”.

¿En qué consiste esta ayuda?

Es una ayuda de 426 euros/mes, que se cobra en función del tiempo que se ha cotizado y de si la persona desempleada tiene o no responsabilidades familiares (+info) (hijos o cónyuge a  su cargo).
Las cotizaciones que tiene acumuladas en ese momento el trabajador se utilizan para poder cobrar esta ayuda, de modo que el “contador de cotizaciones” se pone a cero, pero a cambio se recibe un subsidio. Hay que hacer números, por lo tanto, y ver si interesa cobrar este subsidio, consumiendo las cotizaciones, o bien no pedirlo y esperar a tener un año de cotización acumulada y entonces pedir la prestación contributiva.

¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el subsidio por cotización insuficiente?

SI EL TRABAJADOR TIENE RESPONSABILIDADES FAMILIARES– Si se ha cotizado durante 3, 4 o 5 meses y se tienen responsabilidades familiares (cónyuge o hijos a cargo) el subsidio será de 3, 4 o 5 meses respectivamente.
– Si se ha cotizado entre 6 y 12 meses y se tienen responsabilidades familiares el subsidio tendrá 21 meses de duración (se concede inicialmente por seis meses y luego hay que ir solicitando las prórrogas cada seis).
* Preste atención a este detalle: cuando se tiene familia a cargo, con cinco meses de cotización se tiene derecho a 5 meses de subsidio, pero con 6 meses de cotización, se tiene derecho a 21 meses. La diferencia es considerable. También es importante saber que tener el cónyuge a cargo también es considerado responsabilidad familiar.

¿Cual es el plazo para pedir el subsidio?

El plazo es de 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo, es decir, desde la fecha de fin de contrato, despido, etc.

TRABAJO DIGNO YA !!!
¡¡¡ Jerez sin paro, sin pobreza y sin desigualdad !!!

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